acreditada por enac
Entidad de inspección
Somos entidad de inspección acreditada por ENAC con acreditación Nº 352_EI578, según norma UNE EN ISO/IEC 17020, en los ámbitos de aguas residuales y suelos y aguas subterráneas asociadas, y análisis cuantitativo de riesgos (ACR).
Capacitada para el diseño y ejecución de evaluaciones de la calidad del suelo asociado a actividades, instalaciones o acciones potencialmente contaminantes, y análisis cuantitativo de riesgos.
Donde dispone también del título de Entidad Colaboradora de la Administración Hidráulica (ECAH) Nº EC 200/2.
Suelos y aguas subterráneas
-
Informe de situación de suelos
- Estudios de caracterización
- Informes base de suelos
- Informes de situación y declaraciones de calidad -
Análisis cuantitativo de riesgos
- Metodología RBCA
- Valoración de niveles de riesgo
- Cálculo de niveles objetivo -
Seguimiento y Control
- Cumplimiento de requisitos de autorizaciones
- Seguimiento de la calidad del suelo y aguas asociadas
- Evaluación del grado de avance en procesos de descontaminación -
Verificación / Certificación de descontaminación
Aguas residuales / ECAH
-
Vertidos de aguas residuales
- Evaluación de la calidad de los afluentes a redes de saneamiento y a Dominio Público Hidráulico.
- Toma de muestras simples, compuestas y determinación instantánea del caudal.
- Solicitudes de autorización y declaraciones de vertido.
- Cumplimiento de requisitos cualitativos y cuantitativos del vertido
Consulnima cuenta con una Entidad de Inspección de tipo C, según norma UNE EN ISO/IEC 17020, en los ámbitos de Aguas Residuales y Suelos y aguas subterráneas asociadas:
Inspección y caracterización de suelos y aguas subterráneas asociadas, tanto en ámbito reglamentario como voluntario, orientado a:
- cumplimiento de los requisitos establecidos en el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados y normas equivalentes de las Comunidades Autónomas,
- cumplimiento de los requisitos de la Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifican la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (instalaciones IPPC),
- evaluación de pasivos ambientales en procesos de compra – venta de terrenos e instalaciones.
Inspección y caracterización de aguas residuales y vertidos, tanto en ámbito reglamentario como voluntario, orientado a:
- cumplimiento de los requisitos establecidos en las autorizaciones de vertido de las instalaciones,
- cumplimiento de los requisitos de la legislación general de vertido a sistemas colectores,
- evaluación de las características de vertido para solicitud de autorizaciones,
- medición de caudal de vertido puntual y en continuo.
Suelos y aguas subterráneas asociadas
Planificación de inspección
PROCEDIMIENTO / NORMAS
Procedimiento interno: PEEI-01B
- Decreto 60/2009 (BOG)
- Decreto 18/2015 (BOJA)
- Decreto 49/2015 (DOE)
- Decreto 209/2019 (BOPV)
Campaña de muestreo y análisis
PROCEDIMIENTO / NORMAS
Procedimiento interno: PEEI – 02B, PEEI – 03B, PEEI – 04B
- Decreto 60/2009 (BOG)
- Decreto 18/2015 (BOJA)
- Decreto 49/2015 (DOE)
- Decreto 209/2019 (BOPV)
Comprobación de la conformidad en función de la concentración de contaminantes
PROCEDIMIENTO / NORMAS
Procedimiento interno: PEEI-01B
- Decreto 60/2009 (BOG)
- Decreto 18/2015 (BOJA)
- Decreto 49/2015 (DOE)
- Decreto 209/2019 (BOPV)
La entidad de inspección tiene a disposición de los clientes y partes interesadas los siguientes documentos:
- Política de calidad
- Lista de documentos normativos frente a los que se declara conformidad
- Procedimiento de quejas y reclamaciones
Cualquier persona o entidad insatisfecha con los trabajos realizados por Consulnima Entidad de Inspección tiene derecho a presentar una queja o reclamación ante la entidad.
La queja puede plantearse de forma verbal al personal de la Entidad de Inspección, o , preferentemente por escrito a la dirección postal o electrónica de la Entidad.
Recibida la queja o reclamación, la Entidad de Inspección remitirá al interesado acuse de recibo, realizará el estudio correspondiente y adoptará las medidas oportunas para resolver el problema que la motiva. La decisión final le será comunicada al interesado una vez completado el proceso.
En cualquier momento, el interesado puede solicitar a la Entidad e Inspección información acerca del estado de este proceso.
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